Colombia entra al petróleo venezolano: el reloj de la GL 48C
Proveedores colombianos entran a Venezuela. Qué habilita la licencia GL 48C de OFAC, qué deja fuera y con qué plazos hay que reportar cada operación.
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El presidente ejecutivo de Campetrol, Nelson Castañeda, dijo en Bogotá que compañías afiliadas al gremio ya se están moviendo a Venezuela para complementar la capacidad local de bienes y servicios petroleros; el gremio agrupa a poco más de 200 empresas de perforación, producción, transporte, refinación y comercialización (Reuters, 2026). No arrancó esta semana: en abril la cámara llevó a Caracas una misión de cerca de 100 participantes en representación de unas 50 empresas (Campetrol, 2026).
No es que Venezuela se abrió: es que Colombia se apretó
La lectura fácil pone el foco en Caracas. El empuje real viene del otro lado de la frontera. En Colombia el número de pozos exploratorios cayó de 87 en 2022 a 45 el año pasado, la inversión en exploración se desplomó más de 40% entre 2022 y 2025, y la producción ronda los 740.000 barriles diarios frente a más de un millón hace una década (Bloomberg, 2026). Hay taladros, bombas y cuadrillas con capacidad ociosa buscando dónde trabajar. Eso explica la velocidad del movimiento mejor que cualquier anuncio.
Lo que habilita no es la frontera
Acá está la confusión que cuesta caro. La Licencia General 48C, emitida el 27 de agosto de 2026, autoriza las transacciones ordinariamente incidentales y necesarias al suministro desde Estados Unidos o por una persona estadounidense de bienes, tecnología, software o servicios para exploración, desarrollo o producción de petróleo, gas y petroquímicos en Venezuela, y también para generación, transmisión, almacenamiento y distribución de electricidad (OFAC, 2026). El disparador es el nexo estadounidense, no el pasaporte del proveedor: un equipo de origen estadounidense, un socio o técnico estadounidense, o un pago que se compensa por la banca de ese país meten a la operación adentro del alcance.
Y hay puertas que la licencia deja cerradas: no autoriza formar nuevas empresas mixtas para explorar o producir, no autoriza operaciones con personas ubicadas en Rusia, Irán, Corea del Norte, Cuba o China o constituidas bajo sus leyes —ni con entidades controladas por ellas o en empresa conjunta con ellas—, y excluye los diluentes. Además exige que todo contrato con el Gobierno de Venezuela, PDVSA o cualquier entidad en la que PDVSA tenga 50% o más de participación fije la resolución de disputas en Estados Unidos, Reino Unido, Francia o Singapur (OFAC, 2026).
El expediente se arma en el asiento, no en la víspera
La misma licencia trae adentro su obligación de datos: quien exporte, revenda o suministre bajo ella debe enviar un reporte detallado a las dos casillas oficiales que la norma nombra, con las partes involucradas, los bienes o servicios con cantidades y valores, las fechas de cada transacción y cualquier impuesto, tasa o pago hecho al Estado venezolano. Vence a los 10 días de ejecutada la primera de esas transacciones y cada 90 días mientras sigan ocurriendo (OFAC, 2026).
Lo que toca montar, entonces: fijar la fecha cero identificando esa primera operación; capturar cantidad y valor en el documento donde nace el hecho —orden de compra, remisión, acta de servicio— y no en una hoja aparte al final del trimestre; separar en el maestro de proveedores los impuestos, permisos y tasas locales del resto de los pagos, porque la licencia los trata distinto; y cribar contrapartes por ubicación, ley de constitución y control efectivo, equipo por equipo y socio por socio. Este hecho es regulatorio, así que su medición es la que el propio instrumento impone —cobertura del expediente y cumplimiento del plazo—, no una traída de otro dominio. Lo que sí aporta nuestro oficio es la disciplina del ciclo medida-facturación: el dato que no nace en su punto de origen termina reconstruido, y lo reconstruido no cuadra.
Los contadores que dicen si funcionó
Cuatro, y todos en las unidades que impone el propio instrumento. Cobertura del expediente: porcentaje de transacciones del período con los cuatro campos completos, contra el primer reporte como línea base. Cumplimiento del plazo: días entre la primera operación y el envío, con tope de 10, y entre envíos sucesivos, con tope de 90. Origen del dato: porcentaje de campos capturados en el asiento de la operación frente a los reconstruidos después, que es el que anticipa si el próximo reporte se sostiene. Y cobertura del cribado: porcentaje de proveedores y socios del expediente con verificación documentada de ubicación, ley de constitución y control. Se sostiene con un corte mensual, no con una revisión anual.
Fuentes
- OFAC — Issuance of Amended Venezuela-related General Licenses and Associated Frequently Asked Questions
- OFAC — Venezuela General License No. 48C, Authorizing the Supply of Certain Items and Services to Venezuela
- Bloomberg — Petroleras colombianas aceleran planes en Venezuela ante la incertidumbre local
- Campetrol — CAMPETROL realizó una misión de relacionamiento a Venezuela y presenta el Balance Petrolero Colombiano 2025
- GBM Media — reproducción del cable de Reuters: empresas de servicios petroleros de Colombia buscan ingresar a Venezuela
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